¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar?, Fondo de Pensiones para el Bienestar

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¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El Fondo de Pensiones para el Bienestar es un fideicomiso público administrado por el Banco de México con el fin de beneficiar a los trabajadores cuyo monto de jubilación sea menor o igual al salario promedio mensual de los empleados afiliados al IMSS y al ISSSTE en términos de las disposiciones aplicables.

Antecedentes

El 1º de mayo de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar con base en las aportaciones de distintas instituciones. Este decreto señala que este Fondo deberá ser constituido como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en su calidad de fideicomitente y en el que el Banco de México actúe como institución fiduciaria.

Objetivos

El objetivo principal del Fondo de Pensiones para el Bienestar es el de recibir recursos, administrarlos, invertirlos y así generar un fondo público que, de acuerdo al marco normativo aplicable, será entregado a los institutos de seguridad social para que los trabajadores afiliados puedan recibir un complemento en el monto de su jubilación.

Con estos recursos, tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) procurarán que las personas trabajadoras que alcancen los 65 años de edad que hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997, así como para aquellas que se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el ISSSTE, y cuya pensión sea igual o menor al salario mensual promedio1, reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal en relación con la pensión que obtengan, de tal forma que el monto de su pensión más el complemento sea igual a su último salario, hasta por un monto máximo equivalente al antes mencionado.


1 Para el ejercicio 2024 se considera un monto de $16,777.68 (dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos 68/100 M.N.), que equivale al salario mensual promedio registrado en el año 2023 en el IMSS, actualizado por la inflación estimada para el año 2024.

Estructura y responsabilidades

Banco de México

Actuará como fiduciario, sujetándose únicamente a las disposiciones legales que regulan a dicha institución central en su carácter autónomo en función de su encomienda fiduciaria.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

Tiene como responsabilidad constituir el fideicomiso público no considerado entidad paraestatal denominado "Fondo de Pensiones para el Bienestar".

Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social (USPSS) de la SHCP

Responsable del Fondo, por lo cual deberá resolver cualquier situación que se presente durante la operación del mismo, siempre que el Comité Técnico o el Banco de México, en su calidad de fiduciario, no cuenten con facultades expresas para ello.

Comité Técnico

Deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos.

Institutos de seguridad social2

Procurar que las personas beneficiarias reciban un complemento a las obligaciones del Gobierno federal en relación con la pensión que se obtenga conforme a las disposiciones aplicables.


2 Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Comité Técnico

Conforme a lo establecido en el artículo 6 del Decreto del Fondo, el Fideicomiso contará con un Comité Técnico integrado por:


La persona titular de la SHCP presidirá el Comité, y en su ausencia, será la persona titular del Banco de México quien lo presida. Los miembros del Comité Técnico contarán con voz y voto. Los integrantes propietarios podrán designar a sus respectivos suplentes, quienes deberán tener un nivel jerárquico inmediato inferior al suyo en la estructura en la que estén adscritos.

1/ Con nivel mínimo de titular de unidad o su equivalente, quienes serán designados por la persona titular de la SHCP. 2/ Con nivel mínimo de titulares de dirección o equivalente, de conformidad con su normativa, quienes serán designados por la persona titular del Banco de México.